El horario de la oficina tributaria es generalmente de 8 a 12 horas y de 14 a 18 horas.
Como unidades administrativas nacionales, la Dirección Nacional de Impuestos y la Dirección Local de Impuestos suelen trabajar los días laborables de 8 a 12 horas y de 14 a 18 horas, pero en circunstancias especiales no trabajan los fines de semana; Posible tiempo libre. Antes de realizar negocios, se recomienda consultar con antelación los horarios de trabajo específicos y los trámites requeridos a través del número de teléfono público, para organizar el tiempo de manera razonable.
Responsabilidades de las autoridades tributarias:
1. Recaudación y gestión tributaria: Responsable de la implementación de las políticas tributarias y de la recaudación y gestión tributaria;
2. : Los contribuyentes registran y establecen archivos tributarios;
3. Inspección tributaria: verifican las declaraciones tributarias y el estado tributario;
4. Planificación tributaria: guían a los contribuyentes para que procedan legalmente Planificación tributaria para reducir carga tributaria;
5. Servicios tributarios: Proporcionar consultas y orientación tributaria para ayudar a los contribuyentes a comprender las regulaciones tributarias;
6. Gestión administrativa: Responsable de la gestión del personal de impuestos internos, la gestión financiera y logística. apoyo;
7. Formulación de regulaciones: participar en la redacción y revisión de leyes y regulaciones tributarias;
8. Cooperación internacional: manejar los intercambios internacionales y la cooperación en asuntos tributarios.
En resumen, el horario de trabajo de la oficina de impuestos es generalmente de 8 a 12 horas y de 14 a 18 horas. No trabajan los fines de semana, pero pueden estar libres en circunstancias especiales. Antes de realizar negocios, se recomienda verificar con anticipación los horarios de trabajo específicos y los procedimientos requeridos para que pueda organizar su tiempo de manera razonable.
Base jurídica:
"Reglamento del Consejo Estatal sobre jornada laboral de los empleados"
Artículo 3
Los empleados trabajan 8 horas al día día, Trabaja 40 horas por semana.
Artículo 7
Los organismos estatales y las instituciones públicas implementarán horarios de trabajo uniformes, siendo los sábados y domingos como días de descanso semanal. Las empresas e instituciones públicas que no puedan implementar la jornada laboral unificada según lo estipulado en el párrafo anterior podrán organizar de manera flexible días de descanso semanal en función de las condiciones reales.