La "Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar" tiene disposiciones relativas a las millas marinas de la siguiente manera:
1. El mar territorial está dentro de las 12 millas náuticas.
Las aguas de las 12 millas náuticas más allá de la línea de base, a lo largo de la costa. El estado puede formular leyes y reglamentos para administrar y utilizar sus recursos. Los buques extranjeros tienen derecho de "paso inocente" en aguas territoriales. Los buques militares también pueden realizar "pasos de tránsito" con el permiso del Estado del mar territorial.
2. Dentro de las 24 millas náuticas se encuentra la zona marítima contigua
Las 12 millas náuticas fuera del mar territorial, es decir, entre las 24 millas náuticas más allá de la línea de base del mar territorial y el mar territorial. , se denomina zona marítima contigua [zona contigua〕. En esta área, los estados costeros pueden hacer cumplir las leyes contra el contrabando y el contrabando que rigen las aguas territoriales.
3. La zona económica exclusiva está dentro de las 200 millas náuticas
La zona económica exclusiva se refiere al área marítima que comienza desde la línea de base del mar territorial y no debe exceder las 200 millas náuticas ( 370,4 kilómetros), excepto que está más alejado de otro país. Este concepto se originó originalmente a partir de disputas sobre derechos de pesca. Después de 1945, a medida que la exploración petrolera de los fondos marinos se hizo más popular, la introducción del concepto de zonas económicas exclusivas se hizo más urgente. Técnicamente, ya en los años 70 el hombre podía perforar hasta una profundidad de 4.000 metros en el fondo marino.
El país al que pertenece la zona económica exclusiva tiene los derechos de explorar, desarrollar, utilizar, conservar y gestionar los recursos naturales del fondo y subsuelo marino y de las aguas suprayacentes, así como los derechos a la construcción y uso de instalaciones artificiales, investigación científica, protección del medio ambiente, etc. Otros países aún disfrutan de la libertad de navegación y sobrevuelo, así como de otros fines relacionados con estas libertades que son consistentes con el derecho internacional (tendido de cables submarinos, tuberías, etc.).
4. 20 millas náuticas
El concepto de 20 millas náuticas no aparece en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar. China tampoco tiene regulaciones relevantes sobre 20 millas náuticas.
Información ampliada:
Debido a la gran diferencia de situación geográfica entre los países archipelágicos y los países continentales, la Convención en su Capítulo 4 prevé que los países archipiélago (Estados Archipiélagos, como Japón, La ley de delimitación del mar territorial y los derechos marítimos de Indonesia, Filipinas, etc.) se han estipulado por separado.
Las líneas de base del mar territorial de un Estado archipelágico estarán conectadas desde los puntos más alejados de las islas más remotas de todo su territorio. Sin embargo, estos puntos finales no deberían estar demasiado separados. Las aguas dentro del área de conexión de estos puntos finales se denominan aguas archipelágicas y pueden considerarse aguas territoriales del país archipelágico. La zona económica exclusiva del país está a 200 millas náuticas de esta línea de base.
Referencia: Enciclopedia Baidu - Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar
Referencia: Enciclopedia Baidu - Mar Territorial