Las personas despedidas y desempleadas pueden disfrutar de políticas preferenciales de reempleo:
(1) Política de exención de impuestos. Los trabajadores despedidos que se dediquen a servicios para residentes comunitarios y cumplan con el alcance de los elementos exentos de impuestos prescritos (las regiones pueden agregar elementos según las condiciones reales) estarán exentos del impuesto comercial, el impuesto sobre la renta personal, el impuesto de construcción y mantenimiento urbano y el recargo educativo. y otras políticas fiscales preferenciales dentro del plazo establecido.
(2) Políticas preferenciales para el registro industrial y comercial. Si los trabajadores despedidos solicitan trabajar por cuenta propia o iniciar una empresa privada, estarán exentos de las tasas administrativas de administración industrial y comercial dentro del año siguiente a la apertura. Los trabajadores despedidos que se dediquen a servicios residentes en la comunidad estarán exentos de las tasas industriales; y tasas administrativas de administración comercial en un plazo de tres años.
(3) Políticas preferenciales de tarifas administrativas. Los trabajadores despedidos que se dediquen a servicios comunitarios para residentes estarán exentos de tasas administrativas durante tres años. Si los trabajadores despedidos solicitan participar en operaciones comerciales individuales, industrias artesanales o iniciar empresas privadas, los departamentos industrial y comercial, de construcción urbana y otros deben seguir los procedimientos pertinentes de manera oportuna, y renunciar o eximir a la gestión industrial y comercial y otras tasas administrativas dentro del año siguiente a la apertura.
(4) Políticas preferenciales de crédito. Para entidades de empleo como pequeñas y medianas empresas y empresas de servicios de trabajo y empleo que absorben activamente a trabajadores despedidos de empresas estatales, así como a trabajadores despedidos que participan en economías individuales u organizados para establecer empresas orientadas a los servicios. , siempre que cumplan con las políticas industriales nacionales, sus productos sean comercializables y cumplan las condiciones de los préstamos. Los bancos comerciales y las cooperativas de crédito pertinentes deben brindar apoyo crediticio activamente, y los bancos comerciales urbanos y las cooperativas de crédito urbanas deben dar prioridad a la concertación de dichos préstamos.