El contenido pertinente del Código Civil estipula que la edad para contraer matrimonio no debe ser anterior a los 22 años para los hombres y a los 20 años para las mujeres. En cuanto al matrimonio y la maternidad tardíos, no existe ninguna disposición clara en el Código Civil y, por lo general, están estipulados en la legislación local. En las regulaciones locales de planificación familiar, generalmente se estipula que un primer matrimonio que tiene más de tres años después de la edad legal para contraer matrimonio es un matrimonio tardío, es decir, una mujer que tiene 23 años y un hombre que tiene 25 años son considerado un matrimonio tardío.
Tener un hijo requiere un plan, pero el plan no está escrito en piedra. En el pasado se defendía que una pareja sólo debería tener un hijo. Más tarde se propuso flexibilizar adecuadamente las condiciones para tener dos hijos en las zonas rurales. Luego se aprobó la política independiente de dos hijos y hoy en día se aprobó la política de tener dos hijos. La política de dos hijos está completamente liberalizada. La política de planificación familiar de mi país ha estado en un estado de cambio cuando se están realizando ajustes. Con la liberalización total de la política de los dos hijos, llevaremos a cabo activamente acciones para hacer frente al envejecimiento de la población y no implementaremos la política del matrimonio tardío y la maternidad tardía.
1. La maternidad tardía suele producirse cuando la mujer tiene más de veinticuatro años. Generalmente, la edad para contraer matrimonio tardío es de 23 años para las mujeres y de 25 años para los hombres. Quienes tengan un parto tardío podrán disfrutar de la licencia de maternidad correspondiente de conformidad con la ley. Si dan a luz a varios hijos, la licencia de maternidad se incrementará en quince días por cada hijo adicional.
2. Base jurídica:
Artículo 1047 de la “República Popular China y Código Civil”: La edad para contraer matrimonio no debe ser inferior a 22 años para el hombre Mujer. no debe tener menos de veinte años.
Artículo 1049: Tanto el hombre como la mujer que deseen contraer matrimonio deberán solicitar personalmente la inscripción del matrimonio ante la autoridad de registro de matrimonio. Si el matrimonio cumple con las disposiciones de esta ley, se registrará y se expedirá un acta de matrimonio. La finalización del registro de matrimonio establece la relación matrimonial. Si el matrimonio no ha sido registrado, deberá volver a registrarse.
Artículo 1054: El matrimonio inválido o revocado no tiene fuerza jurídica vinculante desde el principio, y las partes no tienen los derechos y obligaciones de marido y mujer. Los bienes adquiridos durante la convivencia se resolverán mediante acuerdo entre las partes; si el acuerdo fracasa, el Tribunal Popular dictará sentencia basándose en el principio de cuidar de la parte no culpable. La disposición de bienes de un matrimonio inválido causado por bigamia no infringirá los derechos de propiedad de las partes en un matrimonio legítimo. A los hijos nacidos de los interesados se les aplicará lo dispuesto en esta Ley sobre padres e hijos.