¿Puede la gente corriente solicitar asilo político?

No todo el mundo es elegible para recibir asilo político. 1. Condiciones para solicitar asilo político

Para solicitar asilo político con éxito, el solicitante debe poder demostrar:

1. El solicitante ha sido perseguido en el pasado o ha sido perseguido. un miedo real a ser perseguido (MIEDO BIEN FUNDADO);

2. La persecución está basada en raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un determinado grupo social u opinión política.

El llamado MIEDO FUNDADO siempre ha sido foco de controversia en los tribunales. No fue hasta 1987 que la Corte Suprema dio una explicación clara en el caso INSVCARDOZA-FONSECA, es decir, el temor a ser perseguido es razonable, y el solicitante debe probar con hechos concretos que ha sido perseguido en el pasado o tiene motivos. creer que será perseguido en el futuro.

En cuanto a persecución, se refiere al daño físico y mental que el perseguidor inflige al perseguido con el fin de castigar sus creencias o características, como la discriminación, el castigo corporal y la salida ilegal del Un castigo excesivo, como que el gobierno prive a una persona de su libertad y propiedad sin procedimientos judiciales, constituirá persecución debido a diferentes opiniones políticas.

Cabe señalar que el castigo penal no es persecución, y el acoso en sí no constituye persecución. La detención a corto plazo no constituye persecución, pero la masacre, la tortura, el encarcelamiento prolongado y la esclavitud sí son persecución. La inseguridad a largo plazo no constituye persecución. El trato justo también puede constituir persecución. Aunque la privación económica también puede constituir persecución, se debe demostrar que la privación es excesiva y única.

Para demostrar "temor razonable", el solicitante debe demostrar:

3. Tiene cierta creencia o característica que incurrirá en castigo por parte del perseguidor;

p>4. El perseguidor conoce o es probable que conozca sus creencias o características;

5. El perseguidor tiene la capacidad de perseguir;

6. Voluntad.

En términos generales, el perseguidor debe ser el gobierno, o el gobierno debe permanecer al margen y negarse a ayudar a los perseguidos cuando ocurre la persecución.

Cabe señalar también que para acreditar el temor a ser perseguido se deben presentar pruebas tanto en el aspecto subjetivo como en el objetivo. Desde un punto de vista subjetivo, la mentalidad del solicitante efectivamente tiene miedo de ser perseguido; desde un punto de vista objetivo, el solicitante efectivamente será perseguido en la vida real, y ambos son indispensables. Si el gobierno de un determinado país persigue desenfrenadamente al solicitante, pero el solicitante no tiene miedo de ser perseguido, o si el solicitante tiene mucho miedo de ser perseguido, pero el país anfitrión no le impone ninguna persecución, el asilo político del solicitante La solicitud no será aprobada.

Finalmente, la persecución debe basarse en los cinco motivos mencionados anteriormente, a saber, raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un determinado grupo social o