La mujer solicita el divorcio y el hombre no está de acuerdo con cómo se deben distribuir los bienes.

Si una de las partes no está de acuerdo con el divorcio, se puede solicitar el divorcio. En principio, los mismos bienes se dividirán en partes iguales, pero ambas partes pueden ponerse de acuerdo para dividir los bienes, en el acuerdo pueden llegar a un acuerdo. acuerdo sobre que una de las partes obtenga más propiedades. Las opiniones también pueden permitir que una de las partes obtenga más propiedades. La ley estipula que los bienes personales del marido y la mujer se manejarán mediante acuerdo entre las dos partes durante el divorcio.

La mujer solicita el divorcio y el hombre no está de acuerdo con la distribución de bienes de la siguiente manera:

1. Si hay acuerdo entre el hombre y la mujer, se tratará el asunto. de acuerdo con el acuerdo;

2. No hay acuerdo. Sí, una de las partes puede acudir a los tribunales para demandar por división de bienes.

3. bigamia o convivencia con otra persona, la otra parte tiene derecho a solicitar indemnización por daños y perjuicios. Métodos de división de bienes:

(1) División física. Es decir, si los bienes pueden dividirse, los bienes pueden dividirse sin afectar el uso y finalidad de los mismos, y cada parte obtendrá los bienes que merece según sus partes divididas;

(2) Precio División financiera, es decir, del bien vendido o rematado, el marido y la mujer dividirán el precio obtenido de la venta o remate;

(3) Compensación de precio. Es decir, uno de los cónyuges obtiene bienes y da la compensación correspondiente a la otra parte en función del valor de los bienes.

Cómo dividir los bienes entre las partes culpables tras el divorcio:

1. En principio, las rentas patrimoniales durante la existencia de la pareja se dividirán en partes iguales si una de las partes lo prueba. que la otra parte tiene la culpa, puede solicitar una parte mayor de la propiedad;

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2 Durante el divorcio, si una de las partes tiene dificultades para vivir, la otra parte debe proporcionar. asistencia adecuada de sus bienes personales, como la vivienda;

3. La distribución específica de los bienes será acordada por ambas partes, si no se puede llegar a un acuerdo, la decisión del Tribunal Popular;

4. En la distribución de los bienes del divorcio se considera generalmente el principio de velar por los derechos de los hijos y de la mujer.

5 Si una de las partes tiene culpa, la otra puede reclamar; para una mayor distribución de bienes y daños Compensación y pagos de manutención infantil.

Espero que el contenido anterior le resulte útil. Si tiene alguna otra pregunta, consulte a un abogado profesional.

Base jurídica: artículo 1087 del "Código Civil"

En caso de divorcio, los bienes separados de los cónyuges se administrarán por acuerdo entre las dos partes si el acuerdo no puede; Para llegar a este acuerdo, los bienes serán manejados por el pueblo. El tribunal se pronunciará basándose en las circunstancias específicas de los bienes y en el principio de cuidar los derechos e intereses de los hijos, de la mujer y de la parte no culpable.

Los derechos e intereses de que disfruta el marido o la mujer en la gestión del contrato de tierras familiares estarán protegidos de conformidad con la ley.

Artículo 1062

Serán propiedad conjunta del marido y de la mujer y serán propiedad conjunta del marido y de la mujer los siguientes bienes adquiridos por el marido y la mujer durante la relación matrimonial:

(1) Salarios, bonificaciones y remuneraciones por servicios laborales;

(2) Ingresos provenientes de la producción, operación e inversión;

(3) Ingresos de los derechos de propiedad intelectual

(4) Los bienes heredados o donados, salvo lo previsto en el párrafo 3 del artículo 1063 de esta Ley.

(5) Los demás que pertenecerán a*; * *Igual que todas las propiedades.

El marido y la mujer tienen iguales derechos para manejar los mismos bienes.

Artículo 1063

Son bienes muebles de uno de los cónyuges los siguientes bienes:

(1) Los bienes prematrimoniales de una de las partes;

(2) Compensación o compensación recibida por una de las partes debido a daños personales.