2500 yuanes.
Durante el período activo de la tuberculosis, el límite de pago anual es de 2.500 yuanes y la tasa de subsidio es del 70%. Para las enfermedades mentales (esquizofrenia, trastorno mental afectivo, neuropatía), el límite de pago anual es de 2.500 y la tasa de subvención es del 70%. Para la epilepsia, el límite de pago anual es de 2.500 y la tasa de subsidio es del 70%. Para la diabetes, el límite de pago anual es de 2.500 y la tasa de subsidio es del 70%. Para las enfermedades cardíacas (enfermedad coronaria, cardiopatía pulmonar profunda crónica, insuficiencia cardíaca crónica), el límite de pago anual es de 2.500 y la tasa de subsidio es del 70%. Para la hipertensión (alto riesgo), el límite de pago anual es de 2.500 y la tasa de subsidio es del 70%. Durante el período de recuperación de hemorragia cerebral y congestión cerebral (limitado a 1 año), el límite de pago anual es de 2.500 y la tasa de subsidio es del 70%. Para la hiperplasia de próstata, el límite de pago anual es de 2.500 y la tasa de subsidio es del 70%. Para el asma bronquial, el límite de pago anual es de 2.500 y la tasa de subsidio es del 70%. Para la bronquitis crónica acompañada de enfisema obstructivo, el límite de pago anual es de 2.500 y la tasa de subsidio es del 70%. Para la púrpura trombocitopénica esencial, el límite de pago anual es de 2.500 y la tasa de subsidio es del 70%. Para la miastenia gravis, el límite de pago anual es de 2.500 y la tasa de subvención es del 70%. Para la artritis reumatoide, el límite de pago anual es de 2.500 y la tasa de subsidio es del 70%.
Para el síndrome de Sjögren, el límite de pago anual es de 2.500 y la tasa de subvención es del 70%. Para la enfermedad de la neurona motora, el límite de pago anual es de 2.500 y la tasa de subsidio es del 70%. Para la degeneración hepatolenticular, el límite de pago anual es de 2.500 y la tasa de subsidio es del 70%. Para no radioterapia y quimioterapia para tumores malignos, el límite de pago anual es de 2.500 y la tasa de subsidio es del 80%. Necrosis de la cabeza femoral, el límite de pago anual es de 4.000 y la tasa de subvención es del 70%. Para la poliarteritis nudosa, el límite de pago anual es de 4.000 y la tasa de subvención es del 70%. Para la diabetes insípida, el límite de pago anual es de 4.000 y la tasa de subsidio es del 70%. Dentro de los dos años posteriores a la implantación del stent coronario, el límite de pago anual es de 6.000 y la tasa de subsidio es del 70%.