Las instituciones de bienestar público de la primera categoría son instituciones totalmente financiadas que brindan servicios básicos de bienestar público.
Las instituciones de bienestar público de la primera categoría se refieren a servicios públicos básicos de bienestar, como la educación obligatoria, la investigación científica básica, la cultura pública, la salud pública y los servicios médicos básicos a nivel de base, que no pueden o no deben asignarse. por las instituciones de recursos. Estas unidades no pueden dedicarse a actividades productivas ni comerciales, y su propósito, alcance comercial y especificaciones de servicio los determina el Estado. Para dichas instituciones públicas, el departamento de finanzas proporcionará garantías de financiación basadas en las necesidades comerciales normales. Las instituciones de bienestar público de la primera categoría tienen cuatro características: prestan servicios básicos de bienestar público que debería proporcionar el gobierno o solo brindan servicios de apoyo y garantía para el desempeño de las funciones del gobierno que no pueden o no pueden asignar recursos; el mercado; no realizan actividades comerciales ni cobran tarifas por los servicios. El alcance del negocio y las especificaciones del servicio están determinados por el Estado en términos de fuentes financieras; casi todas las instituciones de bienestar público son instituciones totalmente financiadas.