Tabla de tasas del IVA:
Desde el 1 de abril de 2019, los contribuyentes generales del IVA (en adelante, contribuyentes) que realicen ventas o importaciones de bienes sujetas al IVA, si la tasa impositiva era originalmente aplicable al 16%, la tasa impositiva se ajustará al 13% si la tasa impositiva era originalmente aplicable al 10%, la tasa impositiva se ajustará al 9%;
Tasa del Impuesto al Valor Agregado:
1. El contribuyente vende bienes, servicios, servicios de arrendamiento de bienes muebles corporales o bienes importados, excepto los puntos 2, 4 y 5 de este artículo. Salvo que sea necesario, la tasa impositiva es del 13%.
2. Los contribuyentes que vendan transporte, servicios postales, telecomunicaciones básicas, construcción, servicios de arrendamiento de inmuebles, vendan bienes inmuebles, transfieran derechos de uso de suelo, vendan o importen los siguientes bienes, la tasa del impuesto es del 9%:
(1) Cereales y otros productos agrícolas, aceite vegetal comestible, sal comestible;
(2) Agua del grifo, calefacción, aire acondicionado, agua caliente, gas de carbón, gas licuado de petróleo. , gas natural, éter dimetílico, biogás, uso residencial Productos de carbón;
(3) Libros, periódicos, revistas, productos de audio y vídeo, publicaciones electrónicas;
(4) Piensos, fertilizantes químicos, pesticidas, maquinaria agrícola, películas agrícolas;
(5) Otros bienes especificados por el Consejo de Estado.
3. Cuando los contribuyentes enajenen servicios y activos intangibles, la tasa del impuesto es del 6%, salvo lo dispuesto en contrario en los numerales 1, 2 y 5 de este artículo.
4. Sin embargo, cuando los contribuyentes exportan bienes, la tasa impositiva es cero, a menos que el Consejo de Estado estipule lo contrario;
5. Las ventas transfronterizas de servicios y activos intangibles dentro del alcance prescrito por el Consejo de Estado por entidades y personas físicas están sujetas a impuestos cero.